Los propietarios o gestores de montes certificados, además de cumplir con la normativa vigente aplicable a los montes y todas las exigencias en relación con la conservación de la naturaleza, se deben comprometer a respectar las recomendaciones contenidas en este código de buenas prácticas.

Ordenación del monte

  • En las parcelas de más de 25 ha arbolada se fomentará la aparición y mantenimiento de especies acompañantes alternativas o alternativas a la principal, especialmente frondosas autóctonas, en el momento y localización que favorezca los objetivos del plan de gestión;
  • De igual manera, se minimizará la realización de tratamientos silvícolas o cortas que produzcan graves impactos paisajísticos;
  • Se permitirá el uso social y recreativo de los bosques siempre y cuando no perturbe la actividad forestal principal determinada por el gestor. En la medida de lo posible, se buscará la multifuncionalidad de usos en la unidad de gestión y el mantenimiento de la biodiversidad;
  • Las unidades de gestión (montes o grupos de montes) deberán contar con un instrumento de planificación respetando los criterios de gestión forestal sostenible.

Cumplimiento de la legislación vigente

  • Se velará porque todos los agentes involucrados en la gestión forestal sostenible cumplan con la legislación vigente aplicable.

Trabajos de regeneración de las masas

  • Se asegurará la persistencia de la masa arbolada después de cada aprovechamiento, ya sea por regeneración natural o artificial. Cuando  las especies principales de la masa sean autóctonas y se desee mantener su presencia, se empleará, siempre que sea posible, la regeneración natural;
  • Las especies forestales a utilizar en repoblaciones deberán ser las adecuadas a la estación forestal. El material genético deberá proceder de orígenes conocidos y de garantía, de rodales selectos o de huertos viveros;
  • Los fertilizantes empleados en las plantaciones serán los indicados para la actividad forestal y en la dosis recomendada y sólo se realizará el abonado continuado durante el crecimiento y desarrollo de la masa forestal bajo justificación técnica o indicación en el plan de gestión;
  • Se deberá velar por el éxito del regenerado y las plantaciones, tomando las medidas oportunas para su correcto desarrollo.

 Trabajos de aprovechamiento

  • Asegurarse de que se adoptan las medidas necesarias para minimizar los impactos en la vegetación a conservar tras las cortas de regeneración o mejora, con particular cuidado con la vegetación rupícola y la flora singular existente en la unidad de gestión, aplicando las indicaciones establecidas en el plan de gestión, de estar establecidas, para no perjudicar la regeneración de la masa;
  • Cuando sea posible, hacer que se eliminen los restos procedentes de la actividad desenvuelta en la unidad de gestión, bien por trituración, bien por extracción;
  • Asegurarse de que los almacenamientos de madera se hagan en los lugares designados o acordados previamente, evitando posibles daños a la vegetación, a las infraestructuras, cierres y elementos culturales.

Viales y caminos

  • Se deberán tomar las medidas oportunas para optimizar la red viaria forestal, minimizando el número de ramales ciegos, evitando tramos de excesiva pendiente y construyendo obras de drenaje técnicamente justificadas que distribuyan de forma adecuada las aguas en el monte;
  • Se debe prestar especial atención al estado de las vías y caminos forestales tras la ejecución de las labores, debiendo restablecer las condiciones de tránsito en las que se encontraban antes de la realización de la misma.

Plagas o enfermedades

  • Deberán evitarse prácticas que fomenten la aparición de enfermedades o plagas, efectuando, cuando sea posible, la trituración o extracción de los restos vegetales objeto de la corta;
  • Deberán desinfectarse los útiles de corta en las masas altamente sensibles a enfermedades y con alto riesgo de propagación. En el caso de detectar alguna anomalía biótica o abiótica se tomarán las medidas oportunas, mismo avisando a la autoridad forestal competente.

Incendios

  • En el transcurso de su actividad en la unidad de gestión, debe informar inmediatamente cuando detecte un fuego o cualquier conato de incendio avisando, en su caso, a los servicios de prevención de incendios forestales (085 o 112) y, de ser necesario, según la legislación vigente, seguir las indicaciones del director de extinción.

 Productos químicos

  • Al desenvolver la actividad, deberá evitar el vertido de productos químicos en la unidad de gestión, especialmente en la proximidad de cursos de agua, canalizaciones o captaciones, cumpliendo, en todo caso, con la legislación vigente en la materia;
  • La aplicación de productos químicos sólo se llevará a cabo como último recurso y, de ser necesario, se emplearán productos y dosis que estén legalmente autorizados;
  • Su utilización deberá justificarse técnicamente, siendo aconsejable el empleo de técnicas de lucha integrada siempre que sea posible;
  • El personal que realice la aplicación de productos fitosanitarios debe tener toda la formación obligatoria por ley para la utilización de los mismos.

Seguridad y salud en el trabajo

  • Deberá cumplir con la legislación vigente en materia de riesgos laborales y, en particular, los operarios que realicen los trabajos en la unidad de gestión, sean contratados por uno mismo o por terceros, deberán estar equipados con los equipos de seguridad homologados y demás requerimientos;
  • Igualmente, en el uso de maquinaria se deben cumplir las medidas de protección propias de la máquina y de quien la maneja.

 Contaminantes atmosféricos

  • En la medida de lo posible, deberá minimizar la emisión de contaminantes atmosféricos (gases de combustión de la maquinaria y equipos, polvo) y acústicos, siendo aconsejable mantener en perfecto estado la maquinaria y equipos, planificar adecuadamente los tiempos de transporte, circular con moderación en aquellos lugares donde se produce polvo y, en todo caso, respetar los límites de velocidad y tener, cuando corresponda, el marcado CE o la ITV.

Residuos no forestales

  • Deberá evitarse la producción de residuos no forestales en el transcurso de la actividad. Los residuos sólidos deberán recogerse y depositarse en un colector apropiado. En caso de generarse residuos peligrosos, se efectuará la manipulación o tratamiento que exige la normativa vigente al respecto. En caso de derrame de estas sustancias sobre tierra, se extraerá la capa afectada, almacenándola en su correspondiente bolsa o colector y tratándola como residuo peligroso. Deberán acondicionarse, de igual modo, zonas para la limpieza de maquinaria y equipos.

Elementos culturales

  • En el momento de iniciar un aprovechamiento forestal, deberá informar a la empresa que lo vaya a realizar de la presencia y situación de elementos catalogados del patrimonio cultural, posible presencia de especies protegidas, árboles singulares, pertenencia total o parcial a espacios protegidos, así como de cualquier otra servidumbre que pueda verse afectada por el trabajo a desarrollar;
  • En el caso de que aparezca algún testigo prehistórico, histórico o cultural dentro de la unidad de gestión, deberá identificarlo y comunicarlo a quien corresponda. También procurará mantener y recuperar la toponimia propia de los montes.

 Formación del personal

  • Se velará porque los trabajadores dispongan de la suficiente formación profesional para ejercer su actividad. En las nuevas contrataciones se procurará seleccionar personal de los diferentes niveles de formación forestal existentes.

 Erosión

  • En las zonas de alto riesgo de erosión o arrastres de suelo, por excesiva pendiente, desprotección, inestabilidad o proximidad de canales, se adoptarán cuidados y medidas oportunas para que las operaciones de corta y saca de productos maderables no provoquen daños que sean de difícil recuperación.

 Trabajos por cuenta ajena

  • En los casos de realización de trabajos silvícolas por cuenta ajena, las labores se encargarán a las empresas de servicios forestales que acepten y apliquen los códigos de buenas prácticas de aplicación según las labores desarrolladas. En la medida de lo posible, se procurará que su aceptación sea por escrito.

Uso social y recreativo

  • Se permitirá el uso social y recreativo de los bosques siempre y cuando no perturbe a la actividad forestal principal determinada por el gestor. En la medida de lo posible, se procurará la multifuncionalidad de usos en la unidad de gestión y el mantenimiento de la biodiversidad.

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