La inclusión de una determinada superficie en la “unidad de certificación de Grupo FSC” le otorga al adscrito, entre otros, los siguientes derechos:

  • Tener acceso a una copia del Estándar FSC;
  • Recibir información sobre los requerimientos del estándar FSC y de la Entidad de Certificación en relación a la puesta a disposición pública de determinada información;
  • Recibir información sobre los derechos y obligas de la Entidad de Grupo y de la Entidad de Certificación en relación al proceso de certificación forestal;
  • Obtener un documento acreditativo de la inclusión en la Unidad de Certificación de Grupo FSC de las superficies que se hayan incluido en dicha Unidad;
  • Emplear los logotipos y marcas registradas del Sistema de Certificación Forestal FSC, siempre y cuando se solicite y se cumplan los requisitos exigidos;
  • Obtener una acreditación de la Entidad de Grupo que garantice que los productos resultantes de esos aprovechamientos proceden de las superficies objeto de certificación (siempre y cuando durante la realización de los aprovechamientos forestales se cumpla con la legislación vigente y con la normativa del Grupo;
  • Poder presentar las reclamaciones relacionadas con el proceso de certificación o de funcionamiento del sistema ante el estamento que en cada momento tenga FSC-España para ese fin.

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